Art. 10
10 / 15En vigor desde 23 may 2024
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones establecido en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, o en la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición, sin perjuicio de las posibles responsabilidades civiles, penales o de otro orden que pudieran concurrir.
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Proeli/es/rd/2024/05/21/496#art-10