Libro REGLAMENTO DE LA LEY 23/1982, DE 16 DE JUNIO, REGULADORA DEL PATRIMONIO NACIONAL›Título TÍTULO I
Art. 3
4 / 109En vigor desde 3 may 1987
Tienen la calificación jurídica de bienes del Patrimonio Nacional aquellos muebles o inmuebles de titularidad del Estado afectados al uso y servicio del Rey y de los miembros de la Real Familia para el ejercicio de la alta representación que la Constitución y las Leyes les atribuyen.
Además se integran en el citado Patrimonio los derechos y cargas de patronato sobre las Fundaciones y Reales Patronatos a que se refiere su Ley reguladora.
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Proeli/es/rd/1987/03/18/496#art-3