Art. 10

Art. 10

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En vigor desde 7 may 2010
1. El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos: A) La Secretaría de Estado de Cambio Climático, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Oficina Española del Cambio Climático, con rango de Dirección General. 2.º La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. B) La Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1. La Secretaría General de Medio Rural, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal. 2.º La Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos. 3.º La Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural. 4.º La Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios. 2. La Dirección General del Agua. C) La Subsecretaría de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Secretaría General Técnica. 2.º La Dirección General de Servicios. D) La Secretaría General del Mar, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Dirección General de Ordenación Pesquera. 2.º La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar. 3.º La Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura.
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