Art. 77
Libro TRATADO PRIMEROTítulo TÍTULO IIISecc. De los Mandos de las Unidades de Apoyo§ Del Jefe de Escuadrilla

Art. 77

Derogado86 / 503
En vigor desde 1 abr 1984
Será responsable de la disciplina y orden del personal propio y, durante el desarrollo de sus cometidos, del asignado, así como de la seguridad, estado y utilización de los locales, instalaciones y material que tenga a su cargo.
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eli/es/rd/1984/02/22/494#art-77