Libro TRATADO PRIMERO›Título TÍTULO III›Secc. De los Mandos de las Unidades de Apoyo›§ Del Jefe de Escuadrilla
Art. 75
Derogado84 / 503En vigor desde 1 abr 1984
Dirigirá, coordinará y controlará la actuación de sus secciones para el cumplimiento de las funciones de apoyo logístico u operativo que tenga asignadas su Escuadrilla, teniendo especialmente en cuenta lo preceptuado en los artículos 151 a 167 de las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas en cuanto le afecte.
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Proeli/es/rd/1984/02/22/494#art-75