Art. 61
Libro TRATADO PRIMEROTítulo TÍTULO IIISecc. De los Mandos de las Unidades de Fuerzas Aéreas§ Del Jefe de Escuadrón

Art. 61

Derogado70 / 503
En vigor desde 1 abr 1984
Hará que se ejecuten exacta y puntualmente las acciones aéreas que se encomienden a su Unidad. Asegurará el cumplimiento de los planes de instrucción y adiestramiento, distribuyendo las misiones entre las Escuadrillas, coordinando sus actividades, vigilando su ejecución y adoptando cuantas medidas complementarias se requieran.
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eli/es/rd/1984/02/22/494#art-61