Art. 55
Libro TRATADO PRIMEROTítulo TÍTULO IIISecc. De los Mandos de las Unidades de Fuerzas Aéreas§ Del Jefe de Grupo

Art. 55

Derogado64 / 503
En vigor desde 1 abr 1984
Hará que se cumplan exacta y puntualmente las órdenes de operaciones que se encomienden a su Unidad y dirigirá, coordinará y controlará la actuación de sus Escuadrones.
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eli/es/rd/1984/02/22/494#art-55