Art. 44
Libro TRATADO PRIMEROTítulo TÍTULO IIISecc. De los Mandos en el Ala de Fuerzas Aéreas§ Del Jefe de Ala

Art. 44

Derogado53 / 503
En vigor desde 1 abr 1984
Tendrá siempre presente que el conocimiento de sus oficiales y suboficiales, en especial de sus inmediatos colaboradores y de los mandos de sus unidades, es una de sus principales obligaciones y medio importante para hacer más eficaz la Unidad. Conociendo sus aptitudes, preferencias, aspiraciones e historial militar, estará más capacitado para asignarles la función o puesto más adecuado y calificarles con justicia.
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eli/es/rd/1984/02/22/494#art-44