Art. 40
Libro TRATADO PRIMEROTítulo TÍTULO IIISecc. De los Mandos en el Ala de Fuerzas Aéreas§ Del Jefe de Ala

Art. 40

Derogado49 / 503
En vigor desde 1 abr 1984
Será responsable de la instrucción y adiestramiento de su Unidad, de acuerdo con los planes recibidos, y desarrollará los programas correspondientes, esforzándose en lograr el adecuado equilibrio entre la formación moral y militar, la formación táctica y técnica y la formación física, orientadas a la adquisición de las aptitudes necesarias para el combate, tendiendo igualmente al fortalecimiento del espíritu cívico de su personal.
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eli/es/rd/1984/02/22/494#art-40