Art. 355
Libro TRATADO TERCEROTítulo TÍTULO XIVSecc. De las presentaciones y visitas

Art. 355

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En vigor desde 1 abr 1984
En todos los casos indicados, y con la debida antelación, los oficiales Generales y Particulares y los suboficiales se despedirán de las mismas autoridades y en la misma forma que hicieron la presentación. Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 78, de 31 de marzo de 1984. Ref. BOE-A-1984-7808 .
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