Libro TRATADO SEGUNDO›Título TÍTULO IX›Secc. Servicios de orden›§ Del Cabo de Cuartel
Art. 265
Derogado280 / 503En vigor desde 1 abr 1984
Hará cumplir las normas vigentes sobre la estancia y conducta del personal en los locales, y sobre la entrada en los mismos de individuos ajenos a la Escuadrilla.
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Proeli/es/rd/1984/02/22/494#art-265