Art. 261
Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TÍTULO IXSecc. Servicios de orden§ Del Cabo de Cuartel

Art. 261

Derogado276 / 503
En vigor desde 1 abr 1984
El Cabo de Cuartel tiene la obligación de velar por la seguridad, orden, limpieza y buen uso de los dormitorios y demás locales, armamento, material y vestuario de la Escuadrilla.
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eli/es/rd/1984/02/22/494#art-261