Libro TRATADO SEGUNDO›Título TÍTULO IX›Secc. Servicios de orden›§ Del Sargento de Servicio Interior
Art. 253
Derogado268 / 503En vigor desde 1 abr 1984
Acompañará al Capitán de la Escuadrilla o al Oficial de Servicio Interior cuando revisten la Unidad los locales o sus instalaciones, y tomará nota de las observaciones que hagan y de las providencias que deban tomarse. Procederá de igual modo cuando el Capitán de Día realice cualquier visita de inspección.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 78, de 31 de marzo de 1984. Ref. BOE-A-1984-7808 .
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1984/02/22/494#art-253