Libro TRATADO SEGUNDO›Título TÍTULO IX›Secc. Servicios de orden›§ Del Oficial de Servicio Interior
Art. 238
Derogado253 / 503En vigor desde 1 abr 1984
Será responsable ante el Capitán de su Escuadrilla del estricto cumplimiento de las disposiciones dadas para el gobierno interior de la misma, y ante el Capitán de Día, del cumplimiento por su Escuadrilla de los actos de régimen interior de la Base, Aeródromo o Acuartelamiento.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1984/02/22/494#art-238