Libro TRATADO SEGUNDO›Título TÍTULO IX›Secc. Generalidades
Art. 189
Derogado204 / 503En vigor desde 1 abr 1984
Cuando la realización de un servicio exija la dirección o coordinación de varios servicios de distinta clase o la ejecución de una o más de las actividades indicadas en el artículo 185, se considerará, a todos los efectos de una sola clase precisamente la preferente de acuerdo con el orden que se establece en el artículo 196.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1984/02/22/494#art-189