Art. 185
Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TÍTULO IXSecc. Generalidades

Art. 185

Derogado200 / 503
En vigor desde 1 abr 1984
Por la actividad a realizar, los servicios pueden ser de armas, de orden y de apoyo, y, por su regularidad, ordinarios y extraordinarios.
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eli/es/rd/1984/02/22/494#art-185