Art. 69
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 69

72 / 85
En vigor desde 6 abr 1979
Las elecciones para los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario general, Vicesecretario, Tesorero y Bibliotecario se verificarán en sesión extraordinaria celebrada a continuación del último Pleno ordinario del mes de junio, y en su convocatoria se expresará el objeto de la sección y los cargos que han de proveerse.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1979/01/19/490#art-69