Capítulo CAPÍTULO V
Art. 34
37 / 85En vigor desde 6 abr 1979
La Academia se reunirá en sesión publica en las siguientes ocasiones:
1. Inauguración de curso.
2. Recepción de nuevos Académicos.
3. Reuniones de carácter científico sobre temas de especial relieve.
4. Cuando por otros motivos así lo acuerde.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1979/01/19/490#art-34