Art. 9

Art. 9

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En vigor desde 12 may 2005
Corresponde a la Secretaría General: a) La elaboración del anteproyecto de presupuesto del Instituto y su gestión económico-financiera. b) La gestión en materia de personal del organismo. c) La asistencia técnica y jurídica del Instituto, sin perjuicio de las competencias específicas del Servicio Jurídico del Estado. d) La coordinación y gestión de los servicios relacionados con el régimen interior y asuntos generales del Instituto, así como la planificación y coordinación de sus servicios informáticos.
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eli/es/rd/2005/05/04/486#art-9