Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 1 jul 2020
1. Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa, con carácter extraordinario, y por razones de interés público, social y económico, de ayudas a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla así como su distribución y entrega, en las cuantías y términos que figuran en el anexo V, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 28.2 y 3 de la misma ley. También constituye el objeto de este real decreto la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones reguladas por el mismo, a las que habrán de sujetarse las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla beneficiarias respecto de las convocatorias de ayudas y/o inversiones directas que efectúen, de acuerdo con lo establecido en este real decreto. Asimismo, este real decreto tiene por objeto aprobar los programas de incentivos de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías renovables previstos en el artículo 13. 2. La finalidad de este real decreto es cumplir con los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en cuanto al despliegue e integración de las energías renovables así como el almacenamiento con fuentes de energía renovable, contribuyendo con ello a la «descarbonización» de distintos sectores de la economía, así como a la consecución de los objetivos fijados por el PNIEC 2021-2030 y la Estrategia de Almacenamiento Energético.
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