Art. 1
1 / 18En vigor desde 14 jul 2013
El presente real decreto tiene por objeto regular las condiciones de cualificación y formación que deben poseer los Maestros de los centros privados de Educación Infantil y de Educación Primaria, para impartir las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2013/06/21/476#art-1