Art. Disposición adicional séptima

Art. Disposición adicional séptima

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En vigor desde 9 may 2024
1. El Instituto de España, corporación de derecho público con personalidad jurídica y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, se relaciona administrativamente con el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades a través de la Subsecretaría, a efectos de su vinculación con la Administración General del Estado. 2. Corresponde al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Subsecretaría, la relación administrativa con las Reales Academias y las Academias de ámbito nacional. 3. Las referencias relativas a los Ministerios precedentes al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades contenidas en la normativa reguladora del Instituto de España y de las Reales Academias que forman parte del mismo, así como de las academias de ámbito nacional, se entenderán efectuadas al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
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