Art. 12
21 / 22En vigor desde 17 abr 2011
1. El régimen presupuestario, económico-financiero, de intervención, control financiero y contabilidad del Instituto será el establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
2. El Instituto Nacional de Administración Pública estará sometido al control interno de su gestión económico-financiera, que llevará a cabo la Intervención General de la Administración del Estado, a través de la Intervención Delegada que existirá en el citado Instituto.
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Proeli/es/rd/2011/04/01/464#art-12