Art. 12
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Órganos de gobierno

Art. 12

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En vigor desde 21 jun 2015
El régimen aplicable al Consejo Rector se ajustará a lo dispuesto en la Ley de Agencias Estatales y en el presente Estatuto y supletoriamente a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
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eli/es/rd/2015/06/05/461#art-12