Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 17 jun 2015
1. Quedan suprimidos los siguientes órganos con nivel orgánico de subdirección general: a) La Subdirección General de Inspección. b) La Subdirección General de Promoción Deportiva y Deporte Paralímpico. c) La Subdirección General de Deporte y Salud. d) La Subdirección General de Infraestructuras Deportivas y Administración Económica. 2. Queda suprimida la División de Centros de Alto Rendimiento Deportivo.
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