Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

18 / 33
En vigor desde 30 dic 2012
El orden de precedencia de las autoridades del Departamento en los actos de carácter especial a que alude el Ordenamiento General de Precedencias en el Estado, aprobado por el Real decreto 2099/1983, de 4 de agosto, y en el régimen interno del Ministerio, es el siguiente: a) Ministro de Defensa. b) Jefe de Estado Mayor de la Defensa. c) Secretario de Estado de Defensa. d) Subsecretario de Defensa. e) Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra. f) Jefe de Estado Mayor de la Armada. g) Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire. h) Secretario General de Política de Defensa. Se modifica por la disposición final 1 del Real Decreto 1656/2012, de 7 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-15698 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2012/03/05/454#disposicion-adicional-primera