Art. 4
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 4

15 / 45
En vigor desde 6 jun 2026
Corresponde a ANECA, O.A., dentro del ámbito de sus competencias, el ejercicio de las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines y el desarrollo de sus programas, en los términos establecidos en este estatuto y de acuerdo con la legislación aplicable, salvo la potestad expropiatoria, en virtud del artículo 89.2 Ley 40/2015, de 1 de octubre. El ejercicio de dichas potestades podrá igualmente coordinarse a través de instrumentos de colaboración con las de otros organismos nacionales e internacionales, públicos y privados.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2026/06/03/451#art-4