Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 29
39 / 49En vigor desde 15 jun 2023
El Registro inscribirá la declaración y revocación de la condición de utilidad pública de las asociaciones de consumidores y usuarios inscritas en él a partir de la publicación de las correspondientes resoluciones en el «Boletín Oficial del Estado».
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Proeli/es/rd/2023/06/13/448#art-29