Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final segunda
7 / 8En vigor desde 2 may 2024
La persona titular del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública podrá dictar las disposiciones de desarrollo, aplicación y ejecución de este real decreto.
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Proeli/es/rd/2024/04/30/444#disposicion-final-segunda