Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final primera
6 / 8En vigor desde 2 may 2024
Este real decreto se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en materia de telecomunicaciones que le atribuye el artículo 149.1.21.ª de la Constitución Española.
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Proeli/es/rd/2024/04/30/444#disposicion-final-primera