Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 2 may 2024
1. Se habilita a la persona titular del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública para desarrollar lo previsto en este real decreto y el esquema que aprueba, incluida la aprobación de instrucciones técnicas de seguridad. 2. Se habilita a la persona titular del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública para modificar mediante orden el contenido de los anexos del Esquema Nacional de Seguridad de las redes y servicios 5G en función de la evolución del avance tecnológico, de la aprobación de nuevos estándares técnicos y esquemas de certificación de equipos de telecomunicación y productos conectados y del desarrollo de diferentes configuraciones y parámetros técnicos de redes y servicios 5G y de venideras generaciones de comunicaciones electrónicas.
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