Art. Artículo segundo

Art. Artículo segundo

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En vigor desde 5 abr 1981
La correspondencia de las especificaciones del Sistema Internacional CIELAB con el Sistema Internacional CIE 1.931 se establecerá de la siguiente manera: Iluminante C Denominación color Y X y Rojo bandera 9,5 0,614 0,320 Amarillo gualda bandera 56,7 0,486 0,469
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