Título Régimen especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español.›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición transitoria decimoctava
166 / 170En vigor desde 23 dic 2018
Lo dispuesto en la disposición adicional novena de este Reglamento no resultará de aplicación a los contratos de seguros de vida cuya prestación se perciba en forma de renta vitalicia asegurada celebrados con anterioridad a 1 de abril de 2019.
Se añade por el art. único.15 del Real Decreto 1461/2018, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-17601
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2007/03/30/439#disposicion-transitoria-decimoctava