Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Rendimientos del capital›§ Subsección 2.ª Rendimientos del capital mobiliario
Art. 17
25 / 170En vigor desde 1 abr 2007
En el caso de disposición parcial en contratos de seguro, para calcular el rendimiento del capital mobiliario se considerará que la cantidad recuperada corresponde a las primas satisfechas en primer lugar incluida su correspondiente rentabilidad.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2007/03/30/439#art-17