Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

8 / 64
En vigor desde 18 ago 2024
Este real decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2024/04/30/437#disposicion-final-tercera