Art. Disposición adicional segunda
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 22 abr 2010
El contenido y características del derecho de cobro correspondiente a la parte adjudicada en subasta para la financiación «ex ante» del desajuste de ingresos de las actividades reguladas reconocido en 2008, se seguirá rigiendo por los actos de adjudicación del mismo y por lo establecido en la Orden ITC/694/2008, de 7 marzo, por la que se regula el derecho de cobro correspondiente a la financiación de déficit ex ante de ingresos de las liquidaciones de las actividades reguladas y su procedimiento de subasta.
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