Art. 58
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 58

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En vigor desde 2 may 2024
Por la actuación en la fase de procedimiento abreviado, cualquiera que sea el concepto en el que comparezca, percibirá como máximo el profesional de la Procura 45,14 euros.
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eli/es/rd/2024/04/30/434#art-58