Art. 49
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 49

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En vigor desde 2 may 2024
1. El profesional de la Procura percibirá por la formulación y por la impugnación del recurso de reposición y del recurso de revisión como máximo la cantidad de 30,09 euros. 2. Percibirá por la petición de aclaración, subsanación y complemento de resoluciones judiciales y procesales y judiciales como máximo la cantidad de 30,09 euros.
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eli/es/rd/2024/04/30/434#art-49