Art. Disposición transitoria única

Art. Disposición transitoria única

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En vigor desde 28 abr 2022
La auditoría externa del Tribunal de Cuentas se aplicará por primera vez a las cuentas anuales correspondientes al ejercicio económico siguiente a la fecha en que se firme el Convenio de colaboración previsto en el artículo 13 de este real decreto. Se añade por el art. único.12 del Real Decreto 297/2022, de 26 de abril. Ref. BOE-A-2022-6765

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eli/es/rd/1988/05/06/434#disposicion-transitoria-unica