Capítulo CAPÍTULO III
Art. 20
26 / 28En vigor desde 21 mar 2004
El Museo Nacional del Prado elaborará anualmente un anteproyecto de presupuesto con la estructura que determine el Ministerio de Hacienda, y lo remitirá al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para su posterior tramitación de acuerdo con lo previsto en la Ley General Presupuestaria, consolidándose con los presupuestos de los sujetos integrados en el sector público administrativo estatal.
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Proeli/es/rd/2004/03/12/433#art-20