Art. Artículo único

Art. Artículo único

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En vigor desde 15 abr 2009
Se aprueba, en desarrollo de lo previsto en la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, el presente Reglamento cuyo texto se incluye a continuación.
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