Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 29
34 / 49En vigor desde 15 abr 2009
Para determinar los órganos competentes del procedimiento sancionador se estará a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 5/2006.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2009/03/27/432#art-29