Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 16En vigor desde 24 mar 2004
Este real decreto regula el régimen jurídico de las siguientes retribuciones:
a) Las retribuciones especiales devengadas por los miembros de las carreras judicial y fiscal como consecuencia de las sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función o de la prestación de servicios extraordinarios sin relevación de funciones jurisdiccionales.
b) Las retribuciones devengadas por los miembros de las carreras judicial y fiscal como consecuencia de su participación en programas de actuación por objetivos autorizados por el Ministerio de Justicia.
c) El régimen retributivo aplicable a los magistrados suplentes y a los jueces y fiscales sustitutos.
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Proeli/es/rd/2004/03/12/431#art-1