Art. Artículo único

Art. Artículo único

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En vigor desde 21 feb 1996
Se aprueba, en aplicación de la disposición final quinta del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, el Reglamento de los procedimientos de regulación de empleo y de actuación administrativa en materia de traslados colectivos que se inserta a continuación.
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