Art. Disposición transitoria segunda

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 16 jun 2013
Hasta que las administraciones educativas regulen la atribución docente correspondiente a las enseñanzas elementales de Música y de Danza en su ámbito de competencias, será de aplicación lo establecido al respecto en el citado Real Decreto 989/2000, de 2 de junio.
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