Art. 15
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 15

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En vigor desde 18 jun 2023
Para iniciar los módulos de formación práctica de los ciclos inicial y final de Grado Medio en Atletismo, será necesario haber superado con anterioridad los módulos comunes y específicos de enseñanza deportiva que se establecen en el anexo IV de este real decreto.
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eli/es/rd/2023/06/06/427#art-15