Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 16 jun 2013
Las especialidades docentes del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculadas a las enseñanzas superiores de Música y de Danza son las que se relacionan en el anexo I.
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eli/es/rd/2013/06/14/427#art-2