Art. 19
19 / 28En vigor desde 13 jul 2023
Estas subvenciones serán incompatibles con la percepción, para la misma finalidad, de cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados locales, regionales, nacionales, supranacionales, internacionales, o subvenciones cofinanciadas con fondos europeos.
Se modifica por el art. único.15 del Real Decreto 607/2023, de 11 de julio. Ref. BOE-A-2023-16157
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2021/06/15/425#art-19