Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Disposiciones comunes
Art. 11
11 / 51En vigor desde 1 jul 2018
El órgano interventor hará constar su conformidad mediante una diligencia firmada sin necesidad de motivarla cuando como resultado de la verificación de los extremos a los que se extienda la función interventora, el expediente objeto de fiscalización o intervención se ajuste a la legalidad.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2017/04/28/424#art-11