Art. 3
Título TÍTULO I

Art. 3

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En vigor desde 20 ene 2022
Será objeto de la subvención Bono Alquiler Joven, en los términos regulados en este título y siempre dentro de las disponibilidades presupuestarias, la renta arrendaticia o el precio de la cesión a la que las personas jóvenes han de hacer frente para el disfrute de su vivienda o habitación habituales.
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eli/es/rd/2022/01/18/42#art-3